A partir del mes de Septiembre, la cuota mínima para cotizar en trabajadores domésticos será de B/. 235.00 de acuerdo a la ley 70 del 6 de Septiembre de 2011, esto quiere decir que si usted paga a su trabajadora doméstica un salario inferior a este mínimo, la Caja de Seguro Social le facturará en base al salario de $ 235.00 para todas las aportaciones, llámese Seguro Social y Seguro Educativo.
Y este aumentará a partir del año 2012 y cada cinco años, para mayor referencia leer la ley adjunta.
http://www.asamblea.gob.pa/APPS/LEGISPAN/PDF_NORMAS/2010/2011/2011_586_1477.PDF
Publicado por : Accopayroll - Contadores Públicos Autorizados - Especialistas en Planilla
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